Con
base a la lectura y análisis del documento presentado para esta actividad, la
etapa productiva me gustaría realizarla por medio de la Vinculación Laboral, ya que tendré la oportunidad de seguir ejerciendo
mis funciones y al mismo tiempo podre realizar la practica productiva, donde
colocare en uso los conocimientos adquiridos durante el proceso de formación
mejorando así mi desempeño laboral, lo que me conlleva al crecimiento en el interior de mi empresa.
GESTIÓN DE MERCADOS (899304)
MI CONTEXTO DE FORMACIÓN 2015 - 2017
viernes, 27 de febrero de 2015
ESTACION 4: MI PROGRAMA DE FORMACION
De acuerdo a la actividad propuesta se realizó en
http://app.emaze.com/.
Anexo
link Actividad:
ESTACION 3: MIS DEBERES Y DERECHOS COMO APRENDIZ SENA
DESCRIPCIÓN CASO 2
Nicolás
es un aprendiz del programa de Tecnología en Multimedia, desde el inicio de su
formación hace tres meses y medio, ha sido muy dedicado y cuidadoso en realizar
las actividades de formación que le han planteado sus tutores en la guías de
aprendizaje. Nicolás desea recibir la retroalimentación correspondiente de los
trabajos presentados para conocer cómo le ha ido a lo largo de su proceso.Sin
embargo, cuando le solicita a su tutor dicha retroalimentación, este le
responde: “Usted debe saber cómo va, para eso hizo las actividades”. Nicolás
está muy preocupado porque teme encontrar algunas sorpresas, además su tutor le
ha comentado que solo estará en el SENA por dos meses más, porque debe irse
para otra región a encontrarse con su familia.Nicolás
decide de manera respetuosa solicitar por escrito los juicios de evaluación de
sus evidencias y quiere hacerlo cumpliendo con la normatividad del SENA.De
acuerdo con la intensión de Nicolás de hacer una solicitud oficial para recibir
los juicios de evaluación de las evidencias presentadas:
1.
¿En qué capítulo, artículo e ítems
del Reglamento de Aprendices, se debe amparar Nicolás para hacer dicha
solicitud de manera respetuosa y formal?
De
acuerdo al reglamento Aprendiz Sena, Nicolás
se debe amparar en lo expuesto en Capitulo II Derechos del Aprendiz Sena, Articulo 7 Item 11 y 12 los cuales expresan lo siguiente:
11.
Ser evaluado objetiva e integralmente, con base en los criterios de evaluación
y la ruta de aprendizaje. y a conocer, dentro de los ocho (8) días hábiles
siguientes, los resultados de las evaluaciones, así como las diferentes
novedades académicas, cuando estas ocurrieren, tales como amonestación,
sanción, suspensión o cancelación del registro de matrícula.
12.
Solicitar, de manera respetuosa, la revisión de las evaluaciones
correspondientes, si considera que el resultado no es objetivo, siguiendo el
procedimiento establecido en este Reglamento.
DESCRIPCIÓN CASO 4
DESCRIPCIÓN CASO 2
1. ¿En qué capítulo, artículo e ítems del Reglamento de Aprendices, se debe amparar Nicolás para hacer dicha solicitud de manera respetuosa y formal?
De acuerdo al reglamento Aprendiz Sena, Nicolás se debe amparar en lo expuesto en Capitulo II Derechos del Aprendiz Sena, Articulo 7 Item 11 y 12 los cuales expresan lo siguiente:
11. Ser evaluado objetiva e integralmente, con base en los criterios de evaluación y la ruta de aprendizaje. y a conocer, dentro de los ocho (8) días hábiles siguientes, los resultados de las evaluaciones, así como las diferentes novedades académicas, cuando estas ocurrieren, tales como amonestación, sanción, suspensión o cancelación del registro de matrícula.
12. Solicitar, de manera respetuosa, la revisión de las evaluaciones correspondientes, si considera que el resultado no es objetivo, siguiendo el procedimiento establecido en este Reglamento.
El comité de evaluación y seguimiento está reunido para analizar unas situaciones
que se han presentado con algunos aprendices. Al finalizar la reunión, uno de los
miembros del equipo les manifiesta a los aprendices que formalmente el
subdirector del centro les enviará un comunicado con la información pertinente,
pero como conclusión, les puede adelantar que se aplicarán a tres aprendices
las medidas formativas pertinentes.Las
medidas serán: dos por faltas académicas y una por falta disciplinaria.
Adicionalmente, se va a brindar estímulos a dos aprendices por su buen
desempeño. Uno de los aprendices plantea que no recuerda en qué consisten las
faltas académicas y disciplinarias.De
acuerdo con el Reglamento de Aprendices, explique a los compañeros lo
siguiente:
1.
¿Cuáles son las medidas formativas y
en qué consisten?
De acuerdo al reglamento Aprendiz
Sena y teniendo en cuenta lo estipulado en Capitulo IX Articulo 27 las medidas
formativas son aquellas actividades que el APRENDIZ
debe realizar cuando no aplique el orden académico y disciplinario sin afectar
los derechos, deberes o prohibiciones.
Algunas de las medidas formativas
son:
- Llamados
de atención verbal:
Este llamado de atención no tiene una sanción grave ya que es para advertir al
aprendiz de algún error leve.
- Plan
de mejoramiento académico:
Un plan de mejoramiento es un plus extra para obtener los logros deseados.
- Plan
de mejoramiento disciplinario:
Es una medida adoptada para mejorar el comportamiento disciplinario del
aprendiz
2.
¿Cuáles son las sanciones que pueden
imponerse a los aprendices por faltas académicas o disciplinarias?
De acuerdo al reglamento Aprendiz
Sena y teniendo en cuenta lo estipulado en Capitulo IX Articulo 28 las
sanciones a imponerse son:
- LLAMADO
DE ATENCIÓN ESCRITO:
Medida sancionatoria que se impone a través de comunicación escrita dirigida
por el Coordinador Académico o de Formación del Centro al Aprendiz, con copia a
la hoja de vida, como resultado del procedimiento establecido en este
Reglamento, por la falta académica o disciplinaria cometida por un aprendiz.
Los llamados de atención escrito implican compromisos escritos por parte del
aprendiz en el proceso de formación.
- CONDICIONAMIENTO
DE LA MATRÍCULA:
Acto académico sancionatorio que se impone al Aprendiz que incurra en una falta
académica o disciplinaria, previo agotamiento del procedimiento establecido en
este Reglamento.El condicionamiento de matrícula cesa
cuando el Aprendiz cumple el plan de mejoramiento concertado y /o compromisos
escritos.Una vez quede en firme el
condicionamiento de la matrícula, el Subdirector del Centro debe generar la
pérdida de estímulos e incentivos que esté recibiendo el aprendiz, si los
tuviere. Esta decisión será determinada en el acto académico que ordene el
condicionamiento de matrícula.
- CANCELACIÓN
DE LA MATRICULA: Acto
administrativo que se origina cuando persisten en el aprendiz las causales que
originaron el condicionamiento de matrícula o por faltas catalogadas como graves
de acuerdo a la clasificación determinada en los artículos 25 y 26 del
reglamento, en las etapas lectiva y productiva. Implica que la persona
sancionada pierde la condición de aprendiz y no puede participar en procesos de
ingreso a la institución por periodo entre 6 y 12 meses cuando es de índole
académico y entre 12 y 24 meses cuando es de índole disciplinaria, de acuerdo a
las recomendaciones del comité de evaluación y seguimiento.Una vez en firme la sanción, debe
entregar de manera inmediata el carné institucional y ponerse a paz y salvo por
todo concepto.
3.
Mencione por lo menos dos estímulos o
incentivos que el SENA ha adoptado para beneficio de los aprendices y en qué
caso se otorgan.
Los
estímulos e incentivos forman parte del Plan Nacional Integral de Bienestar de
los Aprendices y de aquellos que, mediante alianzas o convenios, se adopten
para beneficio de los aprendices, entre ellos están:
- Recibir
mención de honor por su proceso investigativo o innovador, durante su proceso de
aprendizaje.
- Ser
postulado para realizar pasantía o intercambio nacional o internacional.- Ser
designado como monitor de un tema específico en el cual demuestre competencia,
en el programa de formación, en la especialidad y actividades de formación que
requiera su aporte.
- Cuando
termine su proceso formativo y cumpla el perfil y requisitos necesarios para
llegar a ser instructor, formará parte del semillero de nuevos instructores del
SENA, si así lo desea.
1. ¿Cuáles son las medidas formativas y en qué consisten?
De acuerdo al reglamento Aprendiz Sena y teniendo en cuenta lo estipulado en Capitulo IX Articulo 27 las medidas formativas son aquellas actividades que el APRENDIZ debe realizar cuando no aplique el orden académico y disciplinario sin afectar los derechos, deberes o prohibiciones.
Algunas de las medidas formativas son:
- Llamados de atención verbal: Este llamado de atención no tiene una sanción grave ya que es para advertir al aprendiz de algún error leve.
- Plan de mejoramiento académico: Un plan de mejoramiento es un plus extra para obtener los logros deseados.
- Plan de mejoramiento disciplinario: Es una medida adoptada para mejorar el comportamiento disciplinario del aprendiz
2. ¿Cuáles son las sanciones que pueden imponerse a los aprendices por faltas académicas o disciplinarias?
De acuerdo al reglamento Aprendiz Sena y teniendo en cuenta lo estipulado en Capitulo IX Articulo 28 las sanciones a imponerse son:
- LLAMADO DE ATENCIÓN ESCRITO: Medida sancionatoria que se impone a través de comunicación escrita dirigida por el Coordinador Académico o de Formación del Centro al Aprendiz, con copia a la hoja de vida, como resultado del procedimiento establecido en este Reglamento, por la falta académica o disciplinaria cometida por un aprendiz. Los llamados de atención escrito implican compromisos escritos por parte del aprendiz en el proceso de formación.
- CONDICIONAMIENTO DE LA MATRÍCULA: Acto académico sancionatorio que se impone al Aprendiz que incurra en una falta académica o disciplinaria, previo agotamiento del procedimiento establecido en este Reglamento.El condicionamiento de matrícula cesa cuando el Aprendiz cumple el plan de mejoramiento concertado y /o compromisos escritos.Una vez quede en firme el condicionamiento de la matrícula, el Subdirector del Centro debe generar la pérdida de estímulos e incentivos que esté recibiendo el aprendiz, si los tuviere. Esta decisión será determinada en el acto académico que ordene el condicionamiento de matrícula.
- CANCELACIÓN DE LA MATRICULA: Acto administrativo que se origina cuando persisten en el aprendiz las causales que originaron el condicionamiento de matrícula o por faltas catalogadas como graves de acuerdo a la clasificación determinada en los artículos 25 y 26 del reglamento, en las etapas lectiva y productiva. Implica que la persona sancionada pierde la condición de aprendiz y no puede participar en procesos de ingreso a la institución por periodo entre 6 y 12 meses cuando es de índole académico y entre 12 y 24 meses cuando es de índole disciplinaria, de acuerdo a las recomendaciones del comité de evaluación y seguimiento.Una vez en firme la sanción, debe entregar de manera inmediata el carné institucional y ponerse a paz y salvo por todo concepto.
3. Mencione por lo menos dos estímulos o incentivos que el SENA ha adoptado para beneficio de los aprendices y en qué caso se otorgan.
- Recibir mención de honor por su proceso investigativo o innovador, durante su proceso de aprendizaje.
- Ser postulado para realizar pasantía o intercambio nacional o internacional.- Ser designado como monitor de un tema específico en el cual demuestre competencia, en el programa de formación, en la especialidad y actividades de formación que requiera su aporte.
- Cuando termine su proceso formativo y cumpla el perfil y requisitos necesarios para llegar a ser instructor, formará parte del semillero de nuevos instructores del SENA, si así lo desea.
ESTACIÓN 2: MI CONTEXTO DE FORMACION
De acuerdo a la actividad propuesta se realizó en
http://app.emaze.com/.
Anexo link Actividad:
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